Sentencia N° 1152 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 1152, Exp. 22-0638, 14/12/2022
Expediente22-0638
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2022-12-14
DecisiónHa lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior Quinto que había declarado con lugar una apelación extemporánea. Se determinó que la apelación de la parte demandante era inadmisible y que el desistimiento de la apelación por parte de los demandados en 2014 había dejado firme la sentencia de 2007. La Sala anuló las decisiones del Juzgado Superior y de la Sala de Casación Civil, reafirmando la firmeza de la sentencia original y ordenando el levantamiento de las medidas cautelares impuestas.

Extracto de la motiva

En virtud de lo decidido en líneas anteriores, esta Sala Constitucional reitera el criterio esbozado en sentencia N° RC-000805, de fecha 11 de diciembre de 2015, mediante la cual casó de oficio y sin reenvío las decisiones recurridas de fecha 14 de julio de 2014, emanadas del el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de resolución de contrato e indemnización de daños que siguió Inversiones Scott y Castillo C.A., contra los ciudadanos René Brillembourg Capriles, Elke Brillembourg Capriles, Tanya Brillenbourg Capriles, David Daniel Brillembourg Capriles, Adelaida Capriles De Brillembourg, Nathalie Brillembourg Capriles y Paula Betania Márquez de Brillembourg, y como consecuencia de ello decretó “la firmeza de la sentencia dictada en fecha 2 de noviembre de 2007, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas”. En consecuencia, se ANULA la sentencia dictada el 1º de julio de 2021, por el Juzgado Superior Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto mediante ella se afectó al orden público procesal y constitucional al violentar los derechos al debido proceso y la tutela judicial efectiva de los hoy solicitantes, y por ende, se declara que la sentencia proferida el 2 de noviembre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la misma circunscripción judicial, quedó firme el 1º de julio de 2014, oportunidad en la que los hoy solicitantes, ciudadanos René Brillembourg Capriles, Elke Brillembourg Capriles, Tanya Brillenbourg Capriles, David Daniel Brillembourg Capriles, Adelaida Capriles De Brillembourg, Nathalie Brillembourg Capriles y Paula Betania Márquez de Brillembourg, desistieron de la apelación que habían interpuesto el 7 de noviembre de 2007, por lo que en la oportunidad del desistimiento (1º de julio de 2014) consignaron el pago por la condenatoria establecida en el referido fallo definitivo, en atención a lo cual los demandados y hoy solicitantes nada adeudan.

Dispositiva

Se ANULA la sentencia de fecha 1º de julio de 2021, dictada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se DECLARA que la sentencia proferida el 2 de noviembre de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la misma circunscripción judicial, quedó firme el 1º de julio de 2014.

Palabras clave

revisión constitucionalfirmeza de sentenciaapelación extemporánea

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca