Sentencia N° 1152 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1152, Exp. 15-0600, 14/08/2015
Expediente15-0600
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-08-14
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Estado Táchira, que declaró inadmisible un amparo cautelar solicitado por María del Carmen Maldonado Villamizar. La Sala consideró que la decisión cuestionada no violaba derechos fundamentales ni principios jurídicos, y que existía un procedimiento ordinario para la solicitud de medidas cautelares en el contexto agrario. Finalmente, la Sala declaró no ha lugar la revisión solicitada, argumentando que no se verificaban los supuestos necesarios para proceder con la misma.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la abogada Alis del Socorro Chaparro de Domínguez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MALDONADO VILLAMIZAR, de la sentencia dictada el 31 de marzo de 2015 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la abogada Alis del Socorro Chaparro de Domínguez, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MALDONADO VILLAMIZAR, de la sentencia dictada el 31 de marzo de 2015 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Palabras clave

revisiónnulidadamparotierraadministrativoconstitucional

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