Sentencia N° 1152 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1152, Exp. 14-0332, 14/08/2014
Expediente14-0332
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-08-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 8 de abril de 2013 por el Juzgado Superior Sexto, que declaró con lugar la demanda de resolución de contrato de compraventa interpuesta por Rudy Salvatore La Scala contra Seba Invest Inversiones, C.A. y Benny Palmeri. La Sala consideró que el Juzgado Superior actuó conforme a derecho y no incurrió en las violaciones alegadas por la parte solicitante, quien argumentó la falta de pago y la violación de derechos fundamentales. Finalmente, se declaró no ha lugar la solicitud de revisión, manteniendo la decisión del Juzgado Superior.
Extracto de la motiva
La revisión solicitada se encuadró en el supuesto de procedencia relativo a la violación de principios fundamentales contenidos en la Constitución, presuntamente cometidos en la sentencia objeto de revisión. En el presente caso, se pretende la revisión de la decisión judicial dictada el 8 de abril de 2013, por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso de apelación propuesto y con lugar la demanda que por resolución de contrato de compra venta incoara el ciudadano Rudy Salvatore La Scala contra la empresa Seba Invest Inversiones, C.A. y el ciudadano Benny Palmeri. Esta Sala expresó en sentencia del 2 de marzo de 2000 (Caso: Francia Josefina Rondón Astor) que en materia de revisión, esta Sala posee facultad discrecional y tal potestad puede ser ejercida sin motivación alguna, “cuando en su criterio, constate que la decisión que ha de revisarse, en nada contribuya a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales, ni constituya una deliberada violación de preceptos de ese mismo rango”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el abogado Luis Reinaldo Hernández Fabien, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BENNY PALMERI y LA FIRMA MERCANTIL SEBA INVEST C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de abril de 2013. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.