Sentencia N° 1151 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de noviembre de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 1151, Exp. 08-0413, 17/11/2010
Expediente08-0413
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2010-11-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por los defensores de Rodolfo Igdel Lorenzo Quintero, en relación a una sentencia dictada el 4 de mayo de 2010. Los abogados argumentaron que había puntos dudosos sobre el abandono del trámite, alegando que no se había dejado de instar la acción de amparo. Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud de aclaratoria no cumplía con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil, ya que se solicitó antes de la publicación del fallo completo.
Extracto de la motiva
La norma procesal transcrita contiene los siguientes supuestos: 1. Que la solicitud debe realizarse sobre sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación. 2. Que el Tribunal que emitió la decisión no podrá revocar ni reformar la decisión, solo procederá a aclarar, a instancia de parte, los puntos dudosos o salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones. 3. La solicitud debe realizarse el día de la publicación o en el siguiente. Ahora bien, en el caso de autos, se observa que la parte accionante mediante escrito del 7 de mayo de 2010, manifestó tener puntos dudosos sobre el abandono del trámite declarado en la audiencia constitucional efectuada el 4 de mayo de 2010, sin que para esa fecha se hubiera publicado el extenso del fallo, el cual efectivamente se publicó el 12 de julio de 2010. De allí que resulte lógico que los apoderados de la parte accionante no pudiera indicar cuáles aspectos de la decisión que aún no había emitido la Sala le resultaran dudosos, de lo que se advierte su premura de justificar su conducta supuestamente diligente en la tramitación de la presente causa.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria de la decisión pronunciada en la audiencia del 4 de mayo de 2010, realizada por los apoderados judiciales del ciudadano RODOLFO IGDEL LORENZO QUINTERO. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
aclaratoriaacción de amparoabandonos de trámiteprocedimiento civiljusticiatribunal supremo