Sentencia N° 115 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de enero de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 115, Exp. 00-1554, 29/01/2002
Expediente00-1554
PonenteANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-01-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre la inaplicación de la norma contenida en el artículo 168 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, considerando que la interpretación realizada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público se ajusta a los derechos constitucionales a la libertad y a la no discriminación. La Sala destaca su rol como máximo intérprete del Texto Fundamental y la importancia de unificar las interpretaciones constitucionales.
Extracto de la motiva
Al respecto debe indicar esta Sala que la norma citada, por ser una norma preconstitucional, su aplicación debe ser realizada bajo el alcance normativo del Texto Constitucional vigente, que consagra un control concentrado y difuso de su vigencia de manera simultánea. En efecto, siendo que conforme a lo establecido en el artículo 335 de la Constitución, la Sala Constitucional es el máximo interprete del Texto Fundamental y, por ende, sus interpretaciones se erigen como vinculantes; a fines de alcanzar la uniformidad en las interpretaciones de los derechos que la Constitución prevé, resulta obvio que, esa información a la cual alude el artículo citado no debe entenderse como una mera formalidad, sino que es un mecanismo para que la Sala, en caso de que considere que la interpretación constitucional realizada por el Tribunal remitente se aleja de los precedentes judiciales por ella establecido, ejerza la función que le ha atribuido el constituyente de unificar las interpretaciones constitucionales.
Dispositiva
Se ordena el archivo del expediente. Así se declara. Publíquese, regístrese. Archívese el expediente.