Sentencia N° 1149 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de junio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1149, Exp. 03-2958, 09/06/2005
Expediente03-2958
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-06-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El ciudadano Néstor Elpidio Gavidia Uzcátegui interpuso una acción de habeas corpus ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, alegando violaciones a sus derechos al debido proceso y libertad personal. La Sala Constitucional, tras recibir el expediente, declaró su competencia y ordenó la remisión de información sobre el estado de la causa penal que se le seguía al demandante. Posteriormente, se determinó que la pretensión de amparo se sustentaba en un retardo procesal que había cesado con la decisión de la Corte de Apelaciones del 2 de diciembre de 2003, lo que llevó a la Sala a declarar inadmisible la demanda de amparo constitucional.
Extracto de la motiva
La pretensión de amparo se sustentó, como anteriormente se refirió, en el retardo procesal en que incurrió la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida en la emisión de pronunciamiento respecto del recurso de apelación que fue interpuesto contra el fallo que expidió, el 9 de agosto de 2002, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de ese mismo Circuito Judicial Penal lo que, en concepto del demandante, generó la violación a sus derechos al debido proceso, libertad personal, al aseguramiento por parte de los jueces de la integridad de la Constitución, a la pronta obtención de la decisión correspondiente y a la adopción de un procedimiento breve. Estima la Sala que dicho agravio cesó el 2 de diciembre de 2003, momento cuando la legitimada pasiva emitió pronunciamiento con respecto al recurso de apelación que había sido interpuesto.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional que incoó el ciudadano NÉSTOR ELPIDIO GAVIDIA UZCÁTEGUI contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.
Palabras clave
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