Sentencia N° 1147 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1147, Exp. 07-0454, 22/06/2007
Expediente07-0454
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-06-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en respuesta a la acción de amparo interpuesta por Ysbelia Josefina Delgado Rangel contra decisiones de un juzgado inferior. La Sala determinó que las sentencias impugnadas vulneraron el derecho a la defensa y el debido proceso, ya que no se consideraron documentos indubitados que debieron ser tomados en cuenta para la prueba de cotejo. Se revocó la decisión apelada y se declaró parcialmente con lugar la solicitud de amparo, ordenando la reposición del juicio al estado anterior para que se pronuncie sobre los documentos ofrecidos por la parte demandada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, observó que el juzgado inferior no consideró los documentos indubitados que la parte demandada había presentado, lo que vulneró su derecho a la defensa. Se destacó que la falta de pronunciamiento sobre estos documentos constituyó una violación al debido proceso, ya que la parte demandada no tuvo la oportunidad de demostrar su posición en el juicio. La Sala concluyó que el juzgado de alzada había incurrido en un error al considerar que la falta de apelación de la parte demandada a un auto anterior le impedía alegar la existencia de documentos indubitados. Por lo tanto, se decidió revocar la sentencia apelada y se ordenó la reposición del juicio para que se consideren los documentos ofrecidos por la parte demandada.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Ysbelia Josefina Delgado Rangel contra la decisión dictada el 14 de marzo de 2007, por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, sentencia que se revoca. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de amparo intentada por la ciudadana Ysbelia Josefina Delgado Rangel y, se repone la causa contentiva del procedimiento por cobro de bolívares intentado por el ciudadano Chael Edgardo Ron en su contra, al estado anterior del auto dictado el 9 de junio de 2005 por el Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, es decir, al estado en que dicho Tribunal se pronuncie acerca de los documentos indubitados ofrecidos por la parte demandada. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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