Sentencia N° 1140 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1140, Exp. 07-1577, 11/07/2008
Expediente07-1577
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión del Tribunal Sexto de Primera Instancia que desaplicó los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, en relación a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad impuesta a Fernando Segundo Briceño. La Sala concluyó que dicha pena vulnera el derecho a la libertad consagrado en el artículo 44 de la Constitución, ya que su aplicación resulta excesiva y no contribuye a la reinserción social del penado.

Extracto de la motiva

Conoce la Sala del presente caso en virtud de la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad que realizara el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, respecto a los artículos 13 numeral 3 y 22 ambos del Código Penal, mediante decisión del 24 de septiembre de 2007, la cual se encuentra definitivamente firme, tal como lo expresó dicho órgano judicial, y así lo constató la Sala al folio 2 del expediente. En tal sentido, expresó el referido órgano judicial que los artículos desaplicados vulneran el artículo 44 de la Constitución de las República Bolivariana de Venezuela, pues restringen el derecho a la libertad del penado por un tiempo mayor al establecido en la pena principal, lo cual perjudica la reinserción del penado a la sociedad, aunado al hecho de que no existe un mecanismo eficaz que permita supervisar el cumplimiento efectivo de la pena accesoria establecida en los artículos desaplicados.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara CONFORME A DERECHO la desaplicación que hiciera el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de los artículos 13.3 y 22 del Código Penal, en lo referente a la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, mediante decisión dictada el 24 de septiembre de 2007, en el proceso penal seguido contra el ciudadano Fernando Segundo Briceño.

Palabras clave

desaplicacióncontrol difusopena accesoriavigilancia de la autoridadderecho a la libertadConstituciónCódigo Penalreinserción social

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