Sentencia N° 1138 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de julio de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1138, Exp. 24-0628, 14/07/2025
Expediente24-0628
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Virginia Rosa Parés Rojas contra la decisión del Juzgado Superior Sexto que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional. La Sala determinó que la apelación fue presentada de manera tempestiva y analizó si la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, concluyendo que se configuró una vulneración al debido proceso y a la tutela judicial efectiva por parte del Juez de instancia al no permitir la apertura del lapso probatorio correspondiente.
Extracto de la motiva
motiva de la sentencia, se suplió indebidamente esa carga, lo que originó una conducta lesiva en el sentenciador, quien, estando obligado a decidir de acuerdo con lo solicitado, procedió a declarar algo distinto a lo peticionado, obrando con malintencionada incongruencia, modificando en forma sustancial la determinación del TRIBUNAL COMPETENTE para conocer el asunto, lo cual es materia de ORDEN PÚBLICO…” (Mayúsculas del original. Corchetes de la Sala). Que “[p]or haber violentado flagrantemente lo dispuesto en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil al SUPLIR INDEBIDAMENTE DEFENSA DE PARTE, mediante la sentencia interlocutoria de fecha 15 de noviembre de 2023, estimando la cuantía de la demanda indebidamente en la cantidad de Un Millón Quinientos Mil IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 21
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 13 de junio de 2024, confirmando la decisión dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido proceso