Sentencia N° 1136 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1136, Exp. 05-0653, 10/08/2009
Expediente05-0653
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2009-08-10
DecisiónConsumada la perención y extinguida la instancia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la inactividad procesal de más de un año en la acción de hábeas data interpuesta por las ciudadanas Luisa Angelina Escalante Salas y Lourdes Adriana Escalante Salas, declara consumada la perención y extinguida la instancia. Se observa que desde la audiencia preliminar celebrada el 29 de abril de 2008 no se ha verificado actuación alguna de las partes, lo que lleva a la aplicación de la norma que regula la perención de la instancia.

Extracto de la motiva

La norma transcrita prevé que, de oficio, el tribunal sancione procesalmente la inactividad de las partes, sanción que se verifica de pleno derecho una vez que se comprueba el supuesto de hecho que la sustenta, esto es, el transcurso del tiempo. Sin embargo, la confusa redacción de la norma llevó a la Sala -mediante decisión N° 1.466 del 5 de agosto de 2004- a desaplicarla por ininteligible y, en su lugar, acudiendo a la aplicación supletoria que permite el artículo 19, párrafo 2 de la ley que rige las funciones de este Máximo Juzgado, aplicar el Código de Procedimiento Civil a los casos en que opere la perención de la instancia en los juicios que se siguen ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la acción de hábeas data interpuesta por el abogado Ulises Carrera Araujo, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas LUISA ANGELINA ESCALANTE SALAS y LOURDES ADRIANA ESCALANTE SALAS, contra Aeropostal Alas de Venezuela, C.A., y Eagle Security, C.A. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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