Sentencia N° 1131 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de agosto de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1131, Exp. 11-0754, 03/08/2012
Expediente11-0754
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por el abogado Saiz Rafael Mitilo Veliz en representación de Baudilio Rodríguez Mateus, debido al abandono del trámite por falta de actuación durante más de seis meses. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la decisión que negó la medida alternativa del cumplimiento de la pena al ciudadano Baudilio Rodríguez, condenado por el delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. La Sala reafirma que la negativa a otorgar beneficios procesales en delitos de lesa humanidad es conforme a la jurisprudencia establecida.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Primero: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado Saiz Rafael Mitilo Veliz, en su carácter de defensor privado del penado Baudilio Rodríguez, contra la decisión dictada en fecha 26.10.2010, por el Tribunal de Primera instancia en Funciones de Ejecución N° 02 de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se confirma la decisión dictada en fecha 26.10.2010, por el Tribunal de Primera instancia en Funciones de Ejecución N° 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la Medida Alternativa de Destacamento de Trabajo al penado Baudilio Rodríguez.

Palabras clave

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