Sentencia N° 1130 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de julio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1130, Exp. 11-0764, 13/07/2011
Expediente11-0764
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-13
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por el abogado Carlos Rafael Jhonge Zavala, en representación del ciudadano Marco Antonio Yrola González, contra la sentencia n.° 1634 emitida por la Sala de Casación Social. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de poder que acredite la representación del solicitante, lo que impide el acceso a la revisión constitucional.

Extracto de la motiva

Conforme a la doctrina que fue citada supra, se ratifica que la pretensión de revisión constitucional se constituye en una nueva causa cuyo conocimiento exclusivo le compete a esta Sala Constitucional, en un expediente distinto al de la causa que originó el juzgamiento cuya revisión se peticionó, para la cual el apoderado judicial requiere de mandato que acredite su representación, tal como lo disponen los artículos 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, de aplicación supletoria por disposición expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que incoó el abogado Carlos Rafael Jhonge Zabala, como supuesto apoderado del ciudadano MARCO ANTONIO YROLA GONZÁLEZ, contra el acto de juzgamiento n.° 1634, que emitió la Sala de Casación Social el 10 de diciembre de 2010. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

control de la legalidadrevisión constitucionalinadmisibilidadfallospotestad discrecional

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