Sentencia N° 113 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de febrero de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 113, Exp. 03-1268, 12/02/2004
Expediente03-1268
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-02-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia conoció de una consulta sobre un amparo constitucional interpuesto por José Enrique Pernía Sánchez en representación de los ciudadanos Luis Felipe, Luis Enrique y José Gregorio Cantor Duque, contra la omisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Táchira. La Sala decidió confirmar parcialmente la sentencia del Juzgado Superior Tercero que había declarado con lugar el amparo, ordenando al tribunal accionado decidir sobre las objeciones al informe de partición de la herencia formuladas por los quejosos.
Extracto de la motiva
En el presente caso, los ciudadanos Luis Felipe, Luis Enrique y José Gregorio Cantor Duque solicitaron el amparo de sus derechos constitucionales debido a la omisión en que presuntamente incurrió el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Según lo expuesto en el escrito libelar, los prenombrados ciudadanos pidieron, en el curso del proceso de partición de herencia que instauró la ciudadana María Eugenia Cantor Duque contra ellos, la designación de otro partidor, puesto que la experta nombrada previamente se excedió en el ejercicio de su función, al solicitar la subasta de los bienes hereditarios en el informe, que consignó de forma extemporánea; sin embargo, el juez de la causa se abstuvo de pronunciarse acerca de dichos pedimentos, y, con ello, vulneró los derechos constitucionales de los accionantes. Por lo tanto, solicitaron que, como mandamiento de amparo, se dejara sin efecto el nombramiento de la partidora y el informe elaborado por ella, y se instara al tribunal accionado a pronunciarse sobre la designación de otro partidor.
Dispositiva
Por las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1.- CONFIRMA, aunque por razones distintas, la sentencia dictada, el 1° de abril de 2003, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, en representación de los ciudadanos Luis Felipe, Luis Enrique y José Gregorio Cantor Duque, contra la omisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. 2.- Sin embargo, deja SIN EFECTO la orden emitida al tribunal accionado, de decidir la solicitud de los prenombrados ciudadanos, relativa al nombramiento de un nuevo partidor de la herencia. 3.- ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira decidir acerca de las objeciones al informe de partición de la herencia formuladas por la parte demandada, para lo cual deberá convocar nuevamente a la reunión prevista en el artículo 787 del Código de Procedimiento Civil, a fin de intentar un acuerdo.
Palabras clave
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