Sentencia N° 1129 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1129, Exp. 00-2997, 05/06/2002
Expediente00-2997
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-05
DecisiónHomologa

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional presentada por los ciudadanos Benjamín Villegas Santos y Henry León Jiménez, a través de su apoderado judicial, Rafael Aguilar Hernández, en contra de una sentencia del Juzgado Superior Séptimo Agrario. La Sala se declaró competente para conocer de la demanda y posteriormente, el 28 de junio de 2001, se recibió un desistimiento del procedimiento por parte del abogado. La Sala observó que no se comprometían el orden público ni las buenas costumbres, y que el apoderado tenía plena facultad para desistir del proceso.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, en el caso de autos, no se encuentran comprometidos el orden público ni las buenas costumbres. Así mismo, se observa que en el poder que corre inserto a los autos, el apoderado actor tiene plena facultad de desistir en el presente proceso. En consecuencia, y de conformidad con la disposición prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala a la homologa el desistimiento formulado por la parte actora.

Dispositiva

HOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo interpuesta por el abogado Rafael Aguilar Hernández, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BENJAMÍN VILLEGAS SANTOS y HENRY LEÓN JIMÉNEZ contra la sentencia dictada el 19 de octubre de 2000, por el Juzgado Superior Séptimo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Regístrese y publíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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