Sentencia N° 1125 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1125, Exp. 04-2814, 08/06/2006
Expediente04-2814
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la solicitud de revisión constitucional presentada por Alfredo José Navarro Riquel contra una decisión de la Sala de Casación Civil. La solicitud cuestionaba la validez de la citación realizada a la entidad demandada, Banco de Venezuela S.A.C.A., argumentando que se había realizado a una persona que no era su representante legal, lo que vulneraba el derecho a la defensa. La Sala Constitucional, al analizar el caso, determinó que la citación había sido efectuada de manera inadecuada, lo que justificaba la nulidad de la decisión impugnada y la reposición del proceso al estado de realizar una nueva citación.

Extracto de la motiva

La solicitud de revisión constitucional se interpuso contra la sentencia dictada el 26 de mayo de 2004 por la Sala de Casación Civil (Accidental) de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró con lugar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada el 18 de julio de 2002 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En tal sentido, la solicitud de revisión constitucional señaló que el contenido de la decisión de casación fue la de revocar las decisiones dictadas en primera y segunda instancia, ordenando en consecuencia, la reposición de la causal al estado de que se practique una nueva notificación de la parte demandada, situación que expuso en los términos siguientes: '… ante Ud., con el debido respeto y acatamiento ocurro para Impugnar (sic) como en efecto así lo hago, en nombre de mi poderista, interponiendo formal solicitud de Recurso (sic) Extraordinario de REVISIÓN contra la sentencia definitiva formal, de la Sala de Casación Civil Accidental de este Supremo Tribunal, de fecha 26 de Mayo de 2.004, N°: 000483/2.004, recaída en el Exp. N° 02/768, con Ponencia del Magistrado, Dr. ADÁN FEBRES CORDERO; la cual, deja sin efecto sendas sentencias condenatorias –confirmatorias de la doble instancia ordinaria, ordenando por falsa, errónea y falta de aplicación grave, de normas Procésales (sic) de carácter sustancial; una declaratoria de Nulidad y subsecuente reposición al estado [de] nueva citación, en el juicio incoado por mi poderista contra la Entidad Mercantil, Banco de Venezuela S.A.C.A., por Resolución de Contrato de Cuenta Corriente Mercantil con provisión de Fondos y, cobro de Daños y Perjuicios materiales y morales.'

Dispositiva

Por las razones expuestas, se declara procedente la denuncia contenida en este capítulo, la cual ha sido examinada exhaustivamente. En consecuencia, se anula la decisión dictada el 26 de mayo de 2004 por la Sala (Accidental) de Casación Civil, y se ordena la reposición de la causa al estado de que se practique una nueva citación a la parte demandada, Banco de Venezuela S.A.C.A.

Palabras clave

revisión constitucionalcasación civilcitaciónderecho a la defensanulidadBanco de Venezuelaprocedimiento civil

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