Sentencia N° 1123 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 1123, Exp. 22-0081, 09/12/2022
Expediente22-0081
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-12-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por la Defensora Pública en representación de varios ciudadanos. El recurso fue presentado contra decisiones de un Juzgado Agrario que había declarado improcedente la acción de amparo. La Sala determinó su competencia para conocer el recurso y ordenó notificar al Juzgado de Primera Instancia Agrario para que informara sobre la solicitud de medida de protección presentada por los ciudadanos.
Extracto de la motiva
respecto a la solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agroalimentaria, la Biodiversidad, el Ambiente y el Trabajo del Fundo Las Mercedes, presentada ante ese Juzgado por los peticionantes en amparo, ciudadanos Rafael José Medina Alvarado, Nancy Coromoto Medina Alvarado, Nayleth Coromoto Medina Alvarado, Yaquelin Andreina Rodríguez, Frederick Méndez Caldera y Wolfrano Antonio Palencia, anteriormente identificados, cuya solicitud se sustancia en el expediente N° 4300, de la nomenclatura llevada por ese Juzgado; y en caso afirmativo, deberá remitir a esta Sala Constitucional, copia certificada de la decisión respectiva dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, mas ocho (8) días continuos que se conceden como término de la distancia; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, del 29 de julio de 2010; reimpresa por error material en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.483, del 9 de agosto de 2010, y Nº 39.522, del 1 de octubre de 2010, reformada en fecha 19 de enero de 2022, según Gaceta Oficial N° 6.684, Extraordinario de la referida fecha. Asimismo, se le informa al Juzgado requerido, que el no acatar la orden impartida en el presente auto, traerá como consecuencia la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Para el cumplimiento más expedito de lo dispuesto anteriormente, se ordena a la Secretaría de esta Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, practique en forma telefónica la notificación del Juzgado requerido.
Dispositiva
ORDENA notificar al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines que informe a esta Sala, sobre si hubo pronunciamiento respecto a la solicitud de Medida Autónoma de Protección a la Producción Agroalimentaria, la Biodiversidad, el Ambiente y el Trabajo del Fundo Las Mercedes.