Sentencia N° 1123 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1123, Exp. 07-0892, 22/06/2007
Expediente07-0892
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la constitucionalidad del carácter orgánico del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Creación de la Comisión Central de Planificación, remitido por el Presidente de la República. Se argumentó que el Decreto regula materias que la Constitución atribuye a la ley orgánica, y se establecieron las finalidades y atribuciones de la Comisión Central de Planificación, así como su importancia en la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional.
Extracto de la motiva
El ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, manifestó que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Creación de la Comisión Central de Planificación tiene como finalidad esencial “(…) una transformación sustancial de los principios y lineamientos de funcionamiento y organización de la Administración Pública; del sistema de planificación y de articulación de la acción del Estado con los distintos actores públicos. Por ello, el Decreto regula materias que la Constitución atribuye a la ley orgánica. En la materia de la Administración Pública Nacional, porque el numeral 20 del artículo 236 de la Constitución prevé a la ley orgánica como el instrumento legal idóneo para fijar los lineamientos y principios de organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional. Y en lo que corresponde a los otros actores públicos, porque el Decreto Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 203 de la Ley Fundamental, constituirá el marco normativo de leyes ordinarias futuras, que regulen los sectores cuya dirección, coordinación y gestión centralizada asume la Comisión Central de Planificación”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al artículo 2 de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que se Delegan, declara LA CONSTITUCIONALIDAD DEL CARÁCTER ORGÁNICO DEL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN CENTRAL DE PLANIFICACIÓN.
Palabras clave
decretoconstitucionalidadcomisión central de planificaciónadministración públicaley orgánicapoder públicoplanificaciónderechos humanos