Sentencia N° 1122 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de julio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1122, Exp. 21-0567, 14/07/2025
Expediente21-0567
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-07-14
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer de la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Henry Alexander Colmenares en representación de Freddy Gerardo Salazar Pinto. La solicitud se refería a causas penales que no involucran competencias atribuidas a esta Sala, por lo que se declina el conocimiento a la Sala de Casación Penal. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos necesarios para que la Sala Constitucional ejerza su facultad de avocarse al caso.

Extracto de la motiva

Los fiscales del Ministerio Público y las juezas(ces) fueron incapaces y por ende negligentes al no ofrecer razones justas, legítimas, ponderadas y proporcionadas como operadores de justicia para justificar la regresión constitucional que le fue aplicada mí mandante y a sus representante legal, pues, cualquier restricción de un derecho fundamental debe hacerse en función de favorecer un derecho fundamental para un caso concreto, desplazando otro derecho fundamental, pero sin aplastarlo suprimirlo o eliminarlo del orden constitucional, tal como lo sostienen todos los tribunales constitucionales del mundo democrático. En este sentido las juezas(ces) insisto, en los Asuntos Judiciales designados con los No ACT.1C-8444-2020 del Tribunal Primero de Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento presidida por la Juez LILIANA MACHADO; al igual que la causa No EXP: 30°C-20.835-21, del Tribunal Trigésimo (30°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, presidida por la Juez, YASMIN ROA LABRADOR y la causa No 1 C-19594-2021 del Tribunal Primero de Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Los Taques, presidida por el Juez y MARIO LIZCANO en sus decisiones al demostrado ser incapaces para la administración de justicia; en especial por la decisión en la causa del Tribunal Primero de Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, quien afirmó en su decisión ○ sentencia definitiva mediante la cual homologó el acuerdo reparatorio suscrito por [su] representada por órgano de su representante legal, como única alternativa posible, esto es, el pago a cambio de recuperar la libertad personal y física, es decir, aplico y se acogió a la única alternativa posible de la figura jurídica medieval de la prisión por deuda. Sin embargo las juezas(ces) LILIANA MACHADO, YASMIN ROA LABRADOR y MARIO LIZCANO; los Fiscales del Ministerio Público GERARDO BUITRAGO CARLOS JOSÉ VELÁSQUEZ, junto con el abogado en ejercicio LUIS MAYA y el los funcionarios adscritos al C.I.C.P.C., denunciante JOSÉ HERNÁNDEZ comisarios generales NÉSTOR B RUIZ y HOWARD TIMAURE, lograron mutar el incumplimiento del pago de un contrato de compraventa en una estafa, privando de libertad al insolvente, por lo que estamos en presencia de una regresión una violación de la Cláusula de Prohibición constitucional lo que se traduce en Regresión, convirtiendo el sistema de justicia en terrorista judiciales, solo para lograr el pago de una deuda, sobre entendiendo que los funcionarios judiciales así como los de los órganos auxiliares que han intervenido también estarían participando de la ganancia del cobro de las deudas.

Dispositiva

1.- INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de avocamiento planteado por el abogado Henry Alexander Colmenares, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FREDDY GERARDO SALAZAR PINTO. 2.- DECLINA el conocimiento de la presente causa a la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

derechos fundamentalesprisión por deudasregresión constitucionaljusticiafiscalíacontratosestafa

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