Sentencia N° 1121 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1121, Exp. 18-0271, 11/08/2023
Expediente18-0271
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Leonardo Rafael Hernández en representación de Milder Jafet Delgado Jiménez y Behiker Alejandro Merida Sosa, quienes alegaban violaciones a su derecho a la libertad personal. La Sala declaró su competencia para conocer el recurso de apelación contra la decisión de inadmisibilidad dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Miranda.
Extracto de la motiva
considera esta defensa que la decisión impugnada, parte de un falso supuesto, cuando afirma que el amparo aquí interpuesto está dirigido contra una decisión judicial, y que al no haber agotado las vías ordinarias existentes para intentar reparar las presuntas violaciones denunciadas, deviene en la causal de Inadmisibilidad de conformidad a lo establecido en el articulo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así como los criterios establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia; por lo que considero ese Órgano Jurisdiccional Colegiado en Sede Constitucional, que lo ajustado a derecho era declarar Inadmisible la acción de amparo constitucional. (…) Ahora bien, previo a emitir un pronunciamiento respecto al fondo de la presente causa, se estima necesario a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la acción de amparo incoada, por lo que esta Sala, ORDENA a la Secretaría que oficie al presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, para que en un plazo de tres (3) días contados a partir de la notificación del presente auto, más el término de la distancia de un (1) día, se sirva ubicar las causas penales seguidas a los ciudadanos Milder Jafet Delgado Jiménez y Behiker Alejandro Merida Sosa, la cual para el momento del recurso de apelación ejercido, cursaban ante el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, bajo la nomenclatura 1C-18332-17, por la presunta comisión de los delitos de trata de niña con el fin de adopción irregular, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia vigente para la época, y asociación para delinquir, previsto y sancionado en el articulo 37 en relación con la agravante del articulo 29 cardinal 1 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, y por los mismos hechos cursaba ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal del mismo circuito judicial, por la presunta comisión del delito de omisión de denuncia, previsto y sancionado en el artículo 275 de la Ley Orgánica de Protección de Niño, Niña y Adolescente (no consta en autos la nomenclatura del expediente del tribunal segundo de control) y remita un informe detallado del estado actual en que se encuentran las referidas causas, así como informar si los imputados de autos se encuentran aún privados de libertad.
Dispositiva
Se ordena a la Secretaría que oficie al presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, para que en un plazo de tres (3) días contados a partir de la notificación del presente auto, más el término de la distancia de un (1) día, se sirva ubicar las causas penales seguidas a los ciudadanos Milder Jafet Delgado Jiménez y Behiker Alejandro Merida Sosa.