Sentencia N° 1118 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1118, Exp. 12-0684, 25/07/2012
Expediente12-0684
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-07-25
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la demanda de amparo interpuesta por Tostadas El Trolly de las Mercedes C.A. contra la decisión del Juzgado Noveno Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Mario Ramón Ramírez Rojas por cobro de prestaciones sociales. La Sala concluye que no se configuraron las causales de procedencia del amparo, ya que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

Luego del análisis de la pretensión de amparo que fue interpuesta, esta Sala procede a la comprobación del cumplimiento de los requisitos que exige el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y encuentra que dicha pretensión cumple con los mismos. Así se declara. En cuanto a la admisibilidad de la demanda de amparo sub examine, a la luz de las causales de inadmisibilidad establecidas en los artículos 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Sala concluye que, por cuanto no se halla incursa prima facie en las mismas, aquella es admisible. Así se declara. Ahora bien, es criterio reiterado de esta Sala que, para la procedencia del amparo contra actos jurisdiccionales, deben concurrir las siguientes circunstancias: a) que el Juez, de quien emanó el acto supuestamente lesivo, incurra en usurpación de funciones o abuso de poder (incompetencia sustancial); y b) que tal abuso de poder ocasione violación a un derecho constitucional, lo que implica que no es impugnable mediante amparo aquella decisión que simplemente desfavorece a un determinado sujeto procesal.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la demanda de amparo que inició la sociedad mercantil TOSTADAS EL TROLLY DE LAS MERCEDES, mediante la representación del abogado José Luis Ramírez, contra la sentencia que pronunció, el 17 de junio de 2011, el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la demanda que fue incoada por el ciudadano Mario Ramón Ramírez Rojas contra la ahora quejosa, por cobro de diferencia de prestaciones sociales.

Palabras clave

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