Sentencia N° 1116 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de julio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1116, Exp. 24-0580, 14/07/2025
Expediente24-0580
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-14
DecisiónORDENA

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Monagas, que declaró Con Lugar una acción de nulidad de asiento registral. La Sala determina su competencia para conocer la solicitud y ordena la remisión del expediente correspondiente para verificar las alegaciones de violaciones constitucionales planteadas por la parte solicitante.

Extracto de la motiva

En razón de lo anterior, siendo que de autos no se evidencia la certeza de las denuncias efectuadas por el solicitante de revisión, en la que se delata la presunta violación de derechos constitucionales, las cuales son determinantes en las resultas del juicio originario, lo que implica que la decisión a emitirse en el presente asunto, se encuentra supeditada al examen de las actas procesales del expediente principal, para así poder verificar si lo alegado por el solicitante de revisión, conduce a la existencia de un error evidente o inexcusable en la interpretación de la Constitución, o de la sustracción absoluta de los criterios interpretativos de normas y principios constitucionales adoptados por esta Sala Constitucional, así como también de algún tipo de violación constitucional en la que, por estar envuelto el orden público, sea necesaria la intervención del máximo intérprete constitucional. En ese sentido, el único aparte del artículo 145 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, atribuye a esta Sala Constitucional la facultad para dictar autos para mejor proveer en las causas sometidas a su conocimiento que no requieren sustanciación, tal como ocurre con la revisión constitucional; es por lo que esta Sala considera pertinente, hacer uso de la potestad conferida en la mencionada disposición legal, previo a la emisión del fallo correspondiente en el presente asunto, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento (Vid. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 698/09, caso: Álvaro Luis Escalona y otro).

Dispositiva

Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional, que oficie a la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, para que remita a esta Sala, expediente signado con el asunto N° 34.629, instruido en su oportunidad por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.

Palabras clave

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