Sentencia N° 1114 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1114, Exp. 01-1597, 05/06/2002
Expediente01-1597
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-05
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional presentada por NATIONAL CHEMSEARCH, S.A. e INVERSIONES ESACHEM, S.A. contra autos dictados por un Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer de la acción era un Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, se declaró INCOMPETENTE para conocer de la acción de amparo y se declinó la competencia.

Extracto de la motiva

Esta Sala observa que la presente acción de amparo constitucional ha sido intentada contra los autos dictados por el 18 y 19 de junio de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio de reclamo de prestaciones sociales seguido por la ciudadana Elvira Ferreira de Estévez contra las empresas accionantes. En este sentido, esta Sala en sentencia de 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán), estableció lo siguiente: “En el mismo sentido, el artículo 4 eiusdem que consagra el amparo contra decisiones judiciales, también es claro al señalar que dicha acción debe interponerse ‘... por ante un tribunal superior al que emitió el pronunciamiento’. Por lo tanto, la competencia de los amparos contra sentencias será del órgano jurisdiccional superior al que emitió la sentencia presuntamente lesiva de derechos constitucionales, de acuerdo con la materia respectiva”. Visto que la acción de amparo fue intentada contra unos autos dictados por un tribunal de primera instancia conociendo de un juicio en sede laboral, esta Sala considera que el tribunal competente para conocer de la presente acción de amparo constitucional es un Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE, para conocer de la acción de amparo constitucional intentada por los apoderados judiciales de NATIONAL CHEMSEARCH, S.A., e INVERSIONES ESACHEM, S.A., contra los autos dictados por el 18 y 19 de junio de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta y DECLINA LA COMPETENCIA en un Juzgado Superior del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial.

Palabras clave

amparo constitucionalincompetenciajuzgado superiorprestaciones socialesdecisiones judicialestribunal de primera instancia

Normas citadas

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