Sentencia N° 1110 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1110, Exp. 03-1466, 12/06/2007
Expediente03-1466
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-12
DecisiónTERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la demanda de amparo interpuesta por Francisco Piñerúa. Se considera que la inacción prolongada del demandante, quien no impulsó el proceso durante más de seis meses, constituye un abandono del trámite, lo que lleva a la extinción de la instancia. Además, se impone una multa de cinco mil bolívares al demandante por entorpecer las labores del tribunal con demandas que posteriormente son abandonadas.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo expuesto, la Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y,.con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo que incoó el ciudadano FRANCISCO PIÑERÚA contra la decisión que expidió, el 17 de febrero de 2003, la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques. En consecuencia, se revoca la medida cautelar que fue acordada el 10 de julio de 2003. Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor del Fisco Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos.
Palabras clave
abandonos del trámitedemanda de amparotutela judicialinacción procesalmultaprocedimiento constitucionalderechos fundamentales