Sentencia N° 111 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 111, Exp. 07-1225, 20/02/2008
Expediente07-1225
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2008-02-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por LIOVALDO URDANETA URDANETA y otros, contra sentencias del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Laboral Transitorio. Se argumenta que la acción fue presentada fuera del lapso de caducidad establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que transcurrieron más de seis meses desde la notificación del acto de juzgamiento. La Sala también señala que la parte actora no agotó los recursos ordinarios disponibles antes de recurrir al amparo, lo que lleva a la confirmación de la inadmisibilidad de la pretensión.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el juzgado a quo constitucional incurrió en varios errores, por cuanto, por un lado, consideró que la pretensión de amparo sólo había sido propuesta contra el acto de juzgamiento del 20 de septiembre de 2005, con lo cual obvió que dicha pretensión también se propuso contra el auto del 13 de enero de 2006; por otro lado, declaró la inadmisión con fundamento en la caducidad de la pretensión de tutela constitucional, sin percatarse de que, con respecto al fallo definitivo, la representación de los quejosos reconoció, aunque mediante argumento en contrario, que había incurrido en una notificación tácita de ese acto jurisdiccional, por tanto tuvo la oportunidad de ejercer, oportunamente, el medio de impugnación ordinario en su contra.

Dispositiva

PRIMERO: declara SIN LUGAR la apelación que interpuso la parte actora contra el fallo que dictó el Juzgado Superior Quinto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 16 de julio de 2007. SEGUNDO: CONFIRMA, aunque en otros términos, la decisión objeto de apelación que declaró INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional que incoaron LIOVALDO URDANETA URDANETA, NESTOR ENRIQUE ZERPA LEÓN y NESTOR JOSÉ ZERPA BERMÚDEZ, contra los actos de juzgamientos que emitió el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Laboral Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 20 de septiembre de 2005 y el 13 de enero de 2006.

Palabras clave

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