Sentencia N° 1108 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1108, Exp. 16-0732, 15/12/2016
Expediente16-0732
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-12-15
DecisiónINCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de amparo constitucional interpuesta por Alberto De Filippis D Agosto contra el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), alegando violaciones a sus derechos fundamentales. La Sala determinó que la competencia para conocer de la demanda corresponde a un Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control, debido a la naturaleza de los hechos denunciados y la existencia de un expediente en el Ministerio Público relacionado con la situación del demandante.

Extracto de la motiva

En primer lugar, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la presente demanda y, a tal efecto, observa que el abogado José Joaquín Martínez Maldonado, actuando en nombre y representación del ciudadano Alberto De Filippis D Agosto ejerció acción de amparo constitucional contra el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), alegando la violación a su representado de “Derechos Fundamentales de: DERECHO A LA VIDA y en consecuencia el Derecho a la Salud Física, Psicológica & (sic) Moral, Derecho a la Integridad Física. Todos (sic) consagrados en los artículos 43, 22, 25, 48, 49 y siguientes de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” (destacado del escrito). Para fundamentar tal denuncia, el referido abogado argumentó que: i) funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) desplegaron acciones de seguimiento y acoso contra su representado desde finales del año 2014, en su lugar de trabajo, vigilando su horario de entrada y salida; ii) que dichos funcionarios tomaron el inmueble donde está ubicado el lugar de trabajo de su representado de manera ilegal para establecer una de sus sedes; y iii) que a pesar de que dichos funcionarios desalojaron el inmueble “por no querer verse involucrados en investigaciones penales por el desenlace electoral que se esperaba en el país”, su representado sigue siendo amedrentado psicológicamente por dicho organismo, no bastando su renuncia a la empresa donde laboraba, realizándole constante persecución con amenazas de muerte y extorsión.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la demanda de amparo interpuesta por el abogado José Joaquín Martínez Maldonado, actuando en nombre y representación del ciudadano ALBERTO DE FILIPPIS D AGOSTO, contra el SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN) y DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la misma, en un Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, por lo que se ordena la remisión del expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de que remita al juzgado de control que esté conociendo de la investigación, cuyo número de expediente en el Ministerio Público es MP-58168-2015 y, de no existir dicha causa, lo distribuya a un Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control de ese mismo Circuito Judicial Penal, por ser el juzgado competente para conocer de la presente acción de amparo constitucional.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la vidaintegridad físicaSEBINpersecuciónamenazasextorsión

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