Sentencia N° 1108 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1108, Exp. 11-0872, 25/07/2012
Expediente11-0872
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-07-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la apoderada judicial de la asociación civil UNIÓN CONDUCTORES SAN ANTONIO, S.C., contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que había declarado con lugar los recursos de apelación en contra de sentencias previas. La Sala anula la decisión recurrida y ordena que otro tribunal se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Víctor Julio Tortoza Borges, destacando la vulneración de derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 230 de 30 de abril de 2002, señaló: ‘...En este sentido, la doctrina de la Sala de fecha 11 de noviembre de 1993, expediente Nº 91-574, en el juicio de Julio César Obando Prato, contra Nelson Enrique Sánchez Chirinos, ha establecido: ‘...En relación con el lugar donde el pago debe efectuarse, el tratadista patrio dice: ‘...El principio de la obligatoriedad sobre la indicación del lugar del pago extraña como consecuencia la nulidad de las letras en su valor cambiario; pero para reducir los efectos de tal pena, se consagra la salvedad de que haya sido mencionado algún lugar al lado del nombre del Librado...’

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el amparo constitucional interpuesto por la abogada Liliana Cabral Pinto, apoderada judicial de UNIÓN CONDUCTORES SAN ANTONIO S.C., contra la decisión dictada el 8 de diciembre de 2010 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, la cual se ANULA. SE ORDENA que el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, resuelva la apelación intentada por el ciudadano Víctor Julio Tortoza Borges, contra la sentencia dictada el 7 de junio de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalDerechos ConstitucionalesDebido Proceso

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