Sentencia N° 1108 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de julio de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1108, Exp. 08-0639, 10/07/2008
Expediente08-0639
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Bruno Di Rocco Di Basilio contra el auto de admisión de una demanda de partición de comunidad concubinaria. La representación judicial alegó violaciones a derechos constitucionales, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala decidió ordenar al Juzgado Superior que remita copias certificadas de todas las actuaciones procesales del expediente correspondiente para mejor proveer.

Extracto de la motiva

Visto que la representación judicial de la parte accionante en su solicitud de amparo constitucional aduce una serie de hechos relacionados con la verificación de un conjunto de actos procesales en el transcurso del proceso iniciado por la ciudadana Maribel Álvarez Cadenas contra Bruno Di Rocco Di Basilio, ya identificados, en el “(...) juicio de partición de comunidad concubinaria (…)”; que a su juicio evidencian la violación de los derechos a la defensa y al debido proceso, establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela entre otros derechos y garantías constitucionales, y visto que de las actas que conforman el presente expediente no constan copias de todas las actuaciones relativas a las denuncias formuladas, la Sala de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, para mejor proveer ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional oficiar al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, más el término de la distancia, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº 7418, correspondiente al “(...) juicio de partición de comunidad concubinaria seguido por la ciudadana Maribel Álvarez Cadenas contra Bruno Di Rocco Di Basilio (…)”.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional oficiar al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, para que dentro del lapso de cinco (5) días contados a partir de su notificación, más el término de la distancia, recabe y remita copias certificadas de la totalidad de las actas procesales que conforman el expediente Nº 7418, correspondiente al “(...) juicio de partición de comunidad concubinaria seguido por la ciudadana Maribel Álvarez Cadenas contra Bruno Di Rocco Di Basilio (…)”. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesopartición de comunidad concubinariaEstado Vargasacción de amparo

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