Sentencia N° 1104 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de julio de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1104, Exp. 10-0034, 03/11/2010
Expediente10-0034
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-07-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Arturo José Gomes Díaz, representado por la abogada Ruth Yajaira Morante Hernández, contra la sentencia N° 2009-01247 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. La acción se fundamentó en la alegación de que la notificación del acto administrativo que declaraba la nulidad de su cargo fue defectuosa, lo que indujo al demandante a interponer recursos improcedentes y a perder la oportunidad de ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva. La Sala concluyó que la notificación defectuosa no debía computar para los efectos de caducidad de la acción, permitiendo así la admisión del amparo.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que la notificación defectuosa del acto administrativo impugnado no debe computarse para los efectos de caducidad de la acción. Se establece que el derecho a la tutela judicial efectiva se ve vulnerado cuando la administración induce al administrado a ejercer recursos que no son necesarios, lo que puede llevar a la caducidad de su derecho a impugnar el acto. En este sentido, se reitera que los errores de la administración no son imputables al administrado, y que las notificaciones que no cumplen con los requisitos legales no producen efectos. Por lo tanto, se concluye que el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el demandante fue presentado dentro del lapso correspondiente, y se ordena la admisión de la acción de amparo.

Dispositiva

1.- ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada Ruth Yajaira Morante Hernández, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ARTURO JOSÉ GOMES DÍAZ, la sentencia N° 2009-01247 dictada el 15 de julio de 2009 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 2.- ORDENA la notificación de los miembros de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que comparezcan a la Secretaría de esta Sala, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice. 3.- ORDENA la notificación, por intermedio de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, del Instituto Autónomo Cuerpo de Bombero del Estado Miranda, parte demandada en el juicio que originó la decisión accionada, a fin de que concurran a la audiencia constitucional en la oportunidad que sea fijada al efecto. 4.- ORDENA la notificación de la Fiscal General de la República, sobre la apertura del presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

notificaciónadministrativarecursocaducidadtutela judicialerrorprocedimientos

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