Sentencia N° 1103 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 1103, Exp. 18-0502, 28/11/2024
Expediente18-0502
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-28
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por la Sociedad de Comercio GRUPO L4 INVERSIONES, C.A. contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, que ordenó la inclusión de un bien en el proceso de partición de bienes de la comunidad conyugal. La Sala concluye que la parte accionante no agotó los recursos ordinarios disponibles, lo que justifica la inadmisibilidad de la acción de amparo. Finalmente, se confirma la decisión del Juzgado Superior que declaró la acción de amparo inadmisible.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Debe esta Sala, como punto previo, pronunciarse sobre la oportunidad legal en la que fue interpuesto el recurso de apelación propuesto, en atención al criterio vinculante establecido en la decisión n.° 3.027 de 14 de octubre de 2005 (caso: César Armando Caldera Oropeza), y al efecto se observa que la decisión objeto de impugnación fue dictada el 20 de junio de 2018, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil GRUPO L4 INVERSIONES, C.A., representada por el ciudadano LUIS ALBERTO LACHELLO, contra la decisión dictada, el 05 de febrero de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa Circunscripción Judicial; asimismo suspendió la medida cautelar innominada decretada del 16 de abril de 2018, consistente en la suspensión de los efectos de la sentencia definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia el 05 de febrero de 2018, en el expediente Nº 12.123, contentivo del juicio que por Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, incoado por la ciudadana SONIA ORTÍZ GARCÍA
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil GRUPO L4 INVERSIONES, C.A., representada por el ciudadano LUIS ALBERTO LACHELLO, en contra de la decisión dictada en fecha 05.02.2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE SUSPENDE la medida cautelar innominada decretada en fecha 16.04.2018, consistente en la suspensión de los efectos de la sentencia definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia en fecha 05 de febrero de 2018.