Sentencia N° 1103 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de agosto de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1103, Exp. 09-0500, 04/08/2009
Expediente09-0500
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-08-04
DecisiónIncompetente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró incompetente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Johnny Ramón Galue Martínez en representación de varios demandantes contra el acto de registro nacional de productos importados N° 05-1056-007 y 06-1056/II-006 dictado por SENCAMER. La Sala argumentó que el acto impugnado no ostenta rango legal y que la competencia corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa.
La decisión se fundamenta en la falta de competencia de la Sala Constitucional para conocer de actos administrativos, y se ordena remitir el expediente a las Cortes de lo Contencioso Administrativo. La Sala enfatiza que el recurso de nulidad debe ser conocido por los tribunales competentes en materia contencioso-administrativa, según lo establecido en la Constitución.
Finalmente, la Sala declara su incompetencia y remite el expediente a la Corte de lo Contencioso Administrativo correspondiente, cumpliendo con lo ordenado por la ley.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada por el abogado Johnny Ramón Galue Martínez, actuando en su condición de apoderado judicial de CRISOSTOMO GARCÍA MOLERO, REOGOLO VILLALOBOS, WILLIAM GONZÁLEZ, GERARDO BALLESTEROS y ALEXIS ACUÑA, contra “el acto de REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTOS IMPORTADOS N° 05-1056-007 y 06-1056/II-006”, dictado por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER). La Sala declina el conocimiento de la presente causa en la Corte de lo Contencioso Administrativo, que corresponda previa distribución de la causa.
Dispositiva
1.- Se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente medida cautelar innominada por el abogado Johnny Ramón Galue Martínez, actuando en su condición de apoderado judicial de CRISOSTOMO GARCÍA MOLERO, REOGOLO VILLALOBOS, WILLIAM GONZÁLEZ, GERARDO BALLESTEROS y ALEXIS ACUÑA, contra “el acto de REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTOS IMPORTADOS N° 05-1056-007 y 06-1056/II-006”, dictado por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER). 2.- DECLINA el conocimiento de la presente causa en la Corte de lo Contencioso Administrativo, que corresponda previa distribución de la causa.