Sentencia N° 1103 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1103, Exp. 06-0619, 06/06/2007
Expediente06-0619
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-06
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 000178, declaró sin lugar la revisión solicitada por Tommaso Puglisi Platania contra la decisión de la Sala de Casación Civil que había declarado sin lugar su recurso de casación. La Sala Constitucional argumentó que no se evidenciaron errores grotescos en la interpretación de la Constitución ni violaciones a principios jurídicos fundamentales. Además, se destacó que el fraude procesal denunciado debía ser abordado a través de un juicio ordinario y no mediante la revisión constitucional.
Extracto de la motiva
La Sala ha sostenido que dicha facultad puede sólo ser ejercida de manera extraordinaria, excepcional, restringida y discrecional. Asimismo, ha dejado reconocido que tales caracteres se imponen a los fines de salvaguardar la garantía de la cosa juzgada judicial, cuya inmutabilidad es característica de la sentencia judicial. De tal manera que, para que prospere una solicitud de este tipo es indispensable que el fallo cuya revisión se solicita haya realizado un errado control de la constitucionalidad al aplicar indebidamente la norma constitucional; o bien haya incurrido en un error grotesco en cuanto a la interpretación de la Constitución, o sencillamente, haya obviado por completo la interpretación de la norma constitucional o haya violado de manera grotesca los derechos constitucionales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión del fallo emitido por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, del 13 de marzo de 2006, que declaró sin lugar el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial del ciudadano TOMMASO PUGLISI PLATANIA.
Palabras clave
revisión constitucionalfraude procesalderecho a la defensatutela judicial efectivasentencia de casación