Sentencia N° 1100 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 1100, Exp. 16-0791, 15/12/2016
Expediente16-0791
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-12-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.º 2015-0440 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación interpuesto por Flamingo Beach Hotel, C.A. La Sala Constitucional determinó que la citación a las demandadas fue válida y que no se vulneró el derecho a la defensa, confirmando así la decisión del Juzgado Superior Séptimo. Se declaró sin lugar la solicitud de revisión presentada por INVERSIONES ACE CARIBEAN 2011, C.A., manteniendo firme la decisión del juzgado inferior y condenando en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La motivación de la sentencia se centra en la validez de la citación realizada a las demandadas, argumentando que se cumplió con los requisitos legales establecidos en el Código de Procedimiento Civil. Se destaca que la citación fue efectuada en el domicilio especial acordado por las partes en el contrato, y que el abogado Juan Garantón, quien recibió la citación, actuó como receptor de correspondencia designado. La Sala concluye que la citación cumplió su finalidad de poner a las partes a derecho, y que la reposición solicitada sería inútil, ya que no se vulneraron derechos procesales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley: 1.- COMPETENTE, para conocer de la solicitud de revisión interpuesta por INVERSIONES ACE CARIBEAN 2011, C.A., de la sentencia n.º 2015-0440 dictada el 22 de julio de 2015 por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia que declaró: i) con lugar el recurso de casación, anunciado y formalizado por la codemandada Flamingo Beach Hotel, C.A. en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 7 de noviembre de 2014; (ii) anuló la decisión recurrida en casación; y, (iii) ordenó la reposición de la causa al estado de la citación de la empresa Delta Capital Finance AVV y de la ciudadana Ana Ruth Sánchez de Rodríguez, en el juicio que por cumplimiento de contrato de opción de compra venta interpuso la hoy solicitante en revisión contra las empresas Flamingo Beach Hotel, C.A., 6025 Hotels Corporation, C.A., Argentaria Real Property Corporation, C.A. y Delta Capital Finance AVV. 2.- HA LUGAR la solicitud de revisión presentada contra la decisión anteriormente descrita, en consecuencia se anula dicho fallo y, 2.1 Se declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 7 de noviembre de 2014, en el marco del juicio de cumplimiento de contrato de opción de compra venta interpuesto por la hoy solicitante de la revisión contra las empresas Flamingo Beach Hotel, C.A., 6025 Hotels Corporation, C.A., Argentaria Real Property Corporation, C.A. y Delta Capital Finance AVV. 2.2.- Se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 7 de noviembre de 2014; decisión que se CONFIRMA. 2.3.- Se condena en costas a la parte recurrente en casación.
Palabras clave
revisióncasacióncumplimiento de contratocitaciónderecho a la defensa