Sentencia N° 1100 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1100, Exp. 04-0344, 06/06/2007
Expediente04-0344
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2007-06-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la consumación de la perención y la extinción de la instancia en el proceso de habeas data interpuesto por Sira de Jesús Gil Marín de Vegas en representación de su hijo contra la ONIDEX Lara. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de más de un año, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Código de Procedimiento Civil. La Sala observa que no se realizaron actos procesales desde la notificación de la defensora pública en enero de 2006, lo que llevó a la aplicación de la norma sobre perención de instancias.
Extracto de la motiva
La norma que se transcribió persigue que, de oficio, el tribunal sancione procesalmente la inactividad de las partes, sanción que se verifica de pleno derecho una vez que se comprueba el supuesto de hecho que la sustenta, esto es, el transcurso del tiempo. Ahora bien, los confusos términos de la norma jurídica que se transcribió llevaron a esta Sala, a través de la decisión n.° 1.466 del 5 de agosto de 2004, a desaplicarla por ininteligible y, en consecuencia, según la remisión supletoria que permite el artículo 19, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a la aplicación del Código de Procedimiento Civil a los casos en que opere la perención de la instancia en los juicios que se siguen ante el Tribunal Supremo de Justicia. En concreto, es el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil la norma que debe aplicarse en estos casos, el cual dispone: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y, en consecuencia, LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA en el proceso que se sigue con ocasión de la demanda de habeas data que intentó, la ciudadana Sira De Jesús Gil Marín de Vegas, en representación de su menor hijo, contra la ONIDEX Lara. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
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