Sentencia N° 11 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de febrero de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0011, Exp. 22-0973, 22/02/2023
Expediente22-0973
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-02-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional, tras recibir una acción de amparo constitucional presentada por la sociedad mercantil 'LA VALENCIANA CENTER C.A.', declara inadmisible la solicitud debido a la falta de claridad y precisión en los alegatos presentados. Se observa que el escrito no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, lo que impide determinar los actos que se consideran lesivos a los derechos constitucionales del demandante. Se ordena al abogado que subsane las deficiencias en un plazo de tres días.

Extracto de la motiva

motivaron la solicitud de amparo, es decir, el objeto de la acción incoada; y (ii) de qué manera vulneran sus derechos constitucionales. Asimismo, se le advierte que si no subsana lo indicado, la acción de amparo deberá declararse inadmisible, de conformidad con el artículo 19 eiusdem. Dicha notificación, será practicada conforme con los medios previstos en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En virtud de ello, se ordena a la Secretaría de la Sala que realice la notificación correspondiente conforme con los medios previstos en el artículo 91.3 de la Ley IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 3

Dispositiva

Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional notificar al abogado Juan Ernesto Rondón Pérez, para que dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación, corrija y aclare la acción de amparo, con precisión de lo siguiente: (i) descripción clara y precisa de los actos, hechos u omisiones que motivaron la solicitud de amparo, es decir, el objeto de la acción incoada; y (ii) de qué manera vulneran sus derechos constitucionales. Asimismo, se le advierte que si no subsana lo indicado, la acción de amparo deberá declararse inadmisible.

Palabras clave

amparoderechos constitucionalesnotificacióninadmisibilidadtribunaljusticia

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