Sentencia N° 1099 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 1099, Exp. 18-0684, 08/12/2022
Expediente18-0684
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2022-12-08
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Arturo Contreras Suárez, en representación de José Vicente Santander Galvis y Eduardo Emilio Olivo Ruza, contra la decisión número 191 de la Sala de Casación Penal, que desestimó un recurso de casación. La Sala consideró que la decisión impugnada no contraviene principios jurídicos fundamentales ni la doctrina vinculante, y que la solicitud de revisión no se subsume en los supuestos de procedencia de la revisión constitucional.
Extracto de la motiva
Que “los órganos jurisdiccionales al expresar la justificación de sus decisiones, deben realizarlo de forma racional y coherente, lo cual en el presente caso no ocurrió, pues el fallo la (sic) Sala de Casación Penal aquí cuestionado no guarda armonía con los argumentos planteados por la parte recurrente”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos presentada por el abogado Arturo Contreras Suárez, identificado, actuando en el carácter de defensor privado de los ciudadanos José Vicente Santander Galvis y Eduardo Emilio Olivo Ruza, identificados, contra la decisión número 191 del 2 de julio de 2018.