Sentencia N° 1097 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1097, Exp. 15-0786, 14/08/2015
Expediente15-0786
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-08-14
DecisiónORDENA
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisa una sentencia emitida por el Juzgado Superior Civil del Estado Bolívar que declaró con lugar un recurso de apelación y anuló una sentencia anterior. El abogado Alan Rafael Rodríguez, en representación de Granitos de Anzoátegui, C.A., solicita la revisión de esta decisión, argumentando que se desconocieron precedentes jurisprudenciales y derechos constitucionales. La Sala se declara competente para conocer la solicitud y ordena la remisión del expediente original del juicio de cumplimiento de contrato para su análisis.
Extracto de la motiva
La potestad de revisión de decisiones abarca fallos que hayan sido expedidos tanto por las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia como por los demás tribunales de la República, pues la intención final es que la Sala Constitucional ejerza su atribución de máximo intérprete de la Constitución, según lo que establece el artículo 335 del Texto Fundamental. En virtud de que las copias consignadas por la representación judicial del requirente de revisión no resultan suficientes, es necesario que esta Sala haga uso de la potestad que le confiere la parte infine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, de dictar autos para mejor proveer en aquellas causas que no requieran sustanciación.
Dispositiva
1. COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión planteada. 2. ORDENA al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que remita a esta Sala copia certificada del expediente de la causa originaria contentivo del juicio de cumplimiento de contrato identificado con el número FP02-R-2013-000130, y si no lo tiene en su poder, deberá recabarlo para su remisión.
Palabras clave
revisiónsentenciacumplimiento de contratoconstitucional