Sentencia N° 1097 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 1097, Exp. 14-0339, 12/08/2014
Expediente14-0339
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Alfredo Guevara, apoderado judicial de la RED DE ABASTOS BICENTENARIO, S.A., contra la sentencia dictada el 1 de julio de 2013 por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. La Sala argumenta que la parte accionante no agotó las vías judiciales ordinarias, específicamente el recurso de control de la legalidad, antes de acudir al amparo constitucional, lo que constituye una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional se interpuso contra la sentencia dictada el 1 de julio de 2013 por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Cumaná, que declaró con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandante –ciudadano Jairo Beltrán Fuentes Villarroel- en el juicio primigenio contra la decisión del 10 de octubre de 2012, expedida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el prenombrado ciudadano contra la hoy accionante, modificó la sentencia apelada y declaró con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Alfredo Guevara, actuando con el carácter de apoderado judicial de la RED DE ABASTOS BICENTENARIO, S.A., contra la sentencia dictada el 1 de julio de 2013 por el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Extensión Cumaná. No se emite pronunciamiento de la medida cautelar solicitada, dado el carácter accesorio respecto de la acción principal.