Sentencia N° 1097 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de junio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1097, Exp. 03-3239, 07/06/2004
Expediente03-3239
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia de la Sala de Casación Social que declaró perecido un recurso de casación. Se argumentó que el abogado no acreditó su representación, lo que vulneró el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. La Sala Constitucional determinó que la falta de consignación del poder no debía llevar a la perención del recurso, ya que el poder había sido presentado en el expediente principal. Por lo tanto, se declaró con lugar la revisión y se anuló la sentencia de la Sala de Casación Social.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la decisión de la Sala de Casación Social está estrechamente vinculada a un derecho constitucional, esto es, el derecho al libre acceso a la jurisdicción, el cual no debe ser entendido como un derecho absoluto, sino como un derecho objeto de restricciones legales, y, en este sentido, el legislador establece una serie de formas procesales -esenciales para el logro de los fines del acto- que determinan el tiempo, modo y lugar de realización de los actos procesales (en este caso el anuncio del recurso de casación) que deben cumplirse. Tales restricciones, que necesariamente deben ser legales, no sólo atienden a facilitar la labor del juez, sino también a proteger otros derechos e intereses tutelados constitucionalmente (cfr. Chamorro Bernal, Francisco, La tutela judicial efectiva. Derechos y garantías procesales derivados del artículo 24.1 de la Constitución, Editorial Bosch, Barcelona, 1994, p. 28), como por ejemplo el debido proceso y el derecho a la defensa. En el presente caso, debe precisarse si la declaratoria de perención del recurso, con fundamento en la imposibilidad de verificar la facultad de representación del abogado Salvador Rubén Yannuzzi Rodríguez, estuvo acorde con el respeto y garantía del derecho al debido proceso y a la defensa.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que HA LUGAR a la revisión de la sentencia dictada el 25 de septiembre de 2003 por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, solicitada por el abogado Salvador Rubén Yannuzzi Rodríguez, en su condición de apoderado judicial de Seguros La Seguridad C.A., en consecuencia, ANULA la sentencia nº 608 del 25 de septiembre de 2003 dictada por la Sala de Casación Social y REPONE la causa al estado en que dicha instancia se pronuncie nuevamente sobre la admisibilidad del recurso, en atención a lo expuesto en el presente fallo.
Palabras clave
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