Sentencia N° 1096 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1096, Exp. 10-0716, 03/11/2010
Expediente10-0716
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-11-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión de la sentencia N° 159 del 20 de mayo de 2010, presentada por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, quien actuaba como defensor privado del ciudadano Aquiles Yhen Márquez Camico. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de legitimidad del abogado para actuar en nombre del demandante, ya que no se presentó prueba de su aceptación como defensor privado ni del poder correspondiente. La Sala establece que, de acuerdo con el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se debe declarar la inadmisión cuando se evidencie la falta de representación. En este caso, el único defensor registrado en el expediente era Migdonio Magno Barros Sotillo, lo que refuerza la decisión de inadmisibilidad. Finalmente, la Sala sugiere a la Sala de Casación Penal que considere lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dado que en la sentencia revisada se divulgó el nombre de la víctima, lo cual es contrario a la normativa vigente.

Extracto de la motiva

Ahora bien, no consta en autos el acta de aceptación y juramentación del abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento como defensor privado del ciudadano Aquiles Yhen Márquez Camico, en la referida causa penal, ni, en definitiva, elemento alguno del cual se desprenda tal carácter. Al respecto, el único nombre de defensor del mencionado ciudadano que se evidencia en el expediente, concretamente en la copia certificada de la decisión cuya revisión se solicita, es el de Migdonio Magno Barros Sotillo, el cual, según se desprende de la sentencia objeto de revisión, fue quien actuó en la defensa del ciudadano Aquiles Yhen Márquez Camico. En consecuencia, se concluye que el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento no tiene legitimidad para solicitar la revisión de la sentencia N° 159 del 20 de mayo de 2010, dictada por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por el mencionado abogado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión de la sentencia N° 159 del 20 de mayo de 2010, dictada por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, actuando con el supuesto carácter de “defensor privado” del ciudadano Aquiles Yhen Márquez Camico (ambos identificados ut supra). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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