Sentencia N° 1094 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de noviembre de 2001
TSJ/SC, Sent. N° 1094, Exp. 00-2642, 05/06/2002
Expediente00-2642
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2001-11-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Fredda Marcano en representación de INVERSIONES PLAYA CARIBE S.A. respecto a la sentencia nº 2140 del 5 de noviembre de 2001. La solicitud fue considerada inadmisible por extemporánea, ya que fue presentada fuera del lapso establecido por la ley procesal. La Sala fundamentó su decisión en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, que regula la posibilidad de solicitar aclaratorias.
Extracto de la motiva
La sentencia ya referida, fue publicada el 5 de noviembre de 2001 y su aclaratoria fue solicitada el día 29 de noviembre del mismo año, es decir, fuera del lapso que otorga la ley procesal. Por tanto, a tenor de lo previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, la aclaratoria formulada resulta inadmisible por extemporánea. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria propuesta por la abogada Fredda Marcano, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa mercantil INVERSIONES PLAYA CARIBE S.A, respecto de la sentencia nº 2140 dictada por esta Sala Constitucional el 5 de noviembre de 2001.
Palabras clave
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