Sentencia N° 1090 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de noviembre de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 1090, Exp. 20-0419, 27/11/2024
Expediente20-0419
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-27
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por Eduardo José Cabrera Rodríguez, apoderado judicial de la sociedad mercantil Mesón El Morichal, C.A., por abandono del trámite. Se impone una multa de dos mil bolívares a la parte actora por la falta de actividad procesal durante más de seis meses. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Tal como se precisó con anterioridad, el presente recurso de apelación se circunscribe a impugnar la decisión proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 21 de noviembre de 2019, a través de la cual se declaró CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada en el juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoara el ciudadano PEDRO ELÍAS RANGELSÁNCHEZ, contra la sociedad mercantil MESÓN EL MORICHAL, C.A., ya identificados, y por consiguiente, declaró INADMISIBLE la presente acción. Ahora bien, a los fines de verificar la procedencia o no del recurso de apelación interpuesto, quien suscribe procede a realizar las siguientes consideraciones: (…) …a los fines de pronunciarse esta alzada respecto a la declaratoria de inadmisibilidad de la acción intentada advierte primeramente que, la prescripción adquisitiva tiene por objeto hacer adquirir un derecho sobre una cosa; supone la posesión de una cosa, la posibilidad de ejercer sobre ésta, actos de dominio durante un periodo más o menos prolongado y el cumplimiento de determinados requisitos al momento de interponer la demanda. De esta manera, en relación con tales requisitos exigidos en el juicio de usucapión o prescripción ad

Dispositiva

1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite de la acción de amparo constitucional interpuesta por ante la Secretaria de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, personalmente, por el abogado en ejercicio, Eduardo José Cabrera Rodríguez, titular del Cédula de Identidad núm. V-6.902.018, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número. 87.337, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MESÓN EL MORICHAL, C.A., en contra del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques. 2.- Se IMPONE a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y el criterio jurisprudencial contenido en la sentencia de esta Sala Constitucional núm. 827, del 3 de diciembre de 2018, una multa por la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales, cuyo pago deberá acreditar mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación ante esta Sala o ante el Tribunal que conoce de la causa primigenia.

Palabras clave

prescripción adquisitivademandainadmisionderecho de defensalitisconsorcioCódigo de Procedimiento Civil

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