Sentencia N° 109 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de febrero de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 109, Exp. 13-0219, 25/02/2014
Expediente13-0219
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-02-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, abordó la solicitud de revisión constitucional presentada por Ángel Ricardo Olivo, quien impugnaba la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar su apelación. La Sala constató que la controversia administrativa había sido resuelta en instancias anteriores y que la solicitud de revisión no cumplía con los requisitos establecidos para su admisión, ya que no se evidenció la violación de derechos constitucionales ni la incorrecta aplicación de normas. Finalmente, se declaró sin lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

En virtud de los fundamentos y doctrina jurisprudencial expuestos, esta Sala concluye que, en el presente caso, resulta forzoso declarar que no ha lugar la solicitud de revisión de la sentencia número 2012-2568 dictada el 7 de diciembre de 2012 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia número 2012-2568 dictada el 7 de diciembre de 2012 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, formulada por el ciudadano ÁNGEL RICARDO OLIVO, Concejal del Municipio Atures del Estado Amazonas, asistido por la abogada Yosbelia Maranay Franchi Acosta.

Palabras clave

revisión constitucionaljurisdicción contencioso administrativaderechos humanosindefensiónsentenciavicios procesales

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