Sentencia N° 1089 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1089, Exp. 07-0494, 01/06/2007
Expediente07-0494
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-01
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por María Enma León Montesinos en representación de Alexander Vásquez, contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La acción se fundamentó en la supuesta violación del principio de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley, alegando que la Corte había dictado decisiones contradictorias en casos similares. Sin embargo, la Sala concluyó que no se evidenció violación a los derechos denunciados, ya que las sentencias citadas como precedentes correspondían a situaciones y personas diferentes.

Extracto de la motiva

Después de que se precisaron los términos de la pretensión de amparo que se interpuso y luego de la verificación del cumplimiento de los requisitos que exige el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Sala encuentra que la acción que se propuso cumple los citados requisitos. Asimismo, en relación a las causales de inadmisibilidad que establece el artículo 6 eiusdem, se observa que, no está incursa prima facie en las citadas causales. Así se declara. Precisado lo anterior, observa esta Sala que en el caso de autos, la apoderada judicial del ciudadano Alexander Vásquez intentó acción de amparo constitucional contra la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo del 25 de julio de 2006, mediante la cual declaró desistida la apelación propuesta por la representación judicial de la Contraloría General del Estado Yaracuy; al entrar a conocer por consulta de ley, revocó el fallo apelado, dictado el 29 de julio de 2005 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, y declaró sin lugar la querella funcionarial que ejerció el precitado ciudadano contra el acto de remoción del cargo que venía desempeñando. El fundamento central de la acción de amparo lo constituye la supuesta violación del principio de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley, transgredidos al momento en que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en casos similares, dictó sentencias con criterios diferentes.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional intentada por la abogada María Enma León Montesinos, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ALEXANDER VÁSQUEZ, contra la decisión dictada el 25 de julio de 2006 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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