Sentencia N° 1086 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1086, Exp. 08-0452, 13/08/2015
Expediente08-0452
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-08-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la perención de la instancia y la extinción del proceso en la demanda de nulidad interpuesta por la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda contra la Ordenanza de Zonificación del Municipio Sucre. La Sala argumentó que la parte actora había incurrido en inactividad procesal durante más de un año, lo que llevó a la extinción del proceso conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamentó en la falta de impulso procesal por parte de la demandante, lo que resultó en la aplicación de la perención de la instancia.
Extracto de la motiva
La norma transcrita permite que, de oficio, el tribunal sancione procesalmente la inactividad de las partes, sanción que se verifica de pleno derecho una vez que se comprueba el supuesto de hecho que la sustenta, esto es, el transcurso del tiempo (más de un año) sin inactividad de impulso procesal. De acuerdo con el referido dispositivo legal, la institución procesal de la perención de la instancia, como forma de extinción del proceso, ocurre por la circunstancia de que la causa haya permanecido paralizada más de un año, lo que en efecto ocurrió en el caso sub examine después de la admisión pero antes de que la causa estuviera en estado de sentencia.
Dispositiva
Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: 1.- la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y, por tanto, 2.- la EXTINCIÓN DEL PROCESO en la demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Ordenanza de Zonificación para el sector Urbanización Miranda del Municipio Sucre del Estado Miranda, que sancionó el Concejo Municipal del Municipio Autónomo Sucre y se publicó en Gaceta Municipal “año MMVII No. 275-06/2007 Extraordinario en Petare, en fecha once de junio de dos mil siete (11/06/07)”. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
perencióninstancianulidadinactividadprocesoorden públicoLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia