Sentencia N° 1085 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de junio de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1085, Exp. 02-0902, 04/06/2004
Expediente02-0902
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Argimiro Mendoza López, Director Regional de Salud y Desarrollo Social del Estado Portuguesa, en contra de la Federación Médica Venezolana y los Colegios de Médicos del Estado Portuguesa por el llamado a huelga indefinida. La Sala declaró su competencia para conocer el caso, pero posteriormente determinó la inadmisibilidad de la acción debido a que la huelga médica había finalizado y los servicios de salud pública estaban activos nuevamente.

Extracto de la motiva

Una vez aceptada la competencia para conocer la presente acción de amparo constitucional, debe esta Sala pronunciarse acerca de la admisibilidad de la misma y, en tal sentido observa que el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales establece como causal de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional, el cese de la amenaza o violación de algún derecho o garantía constitucional. Es un hecho notorio que, la huelga médica convocada por la Federación Médica Venezolana finalizó y que los servicios de salud pública que habían sido paralizados, se encuentran actualmente activos. De tal forma, la presunta violación alegada por el Director Regional cesó.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE, y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Argimiro Mendoza López, actuando como DIRECTOR REGIONAL DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO PORTUGUESA asistido por los abogados, Maribel González, Marcelia Carrasquero y Rafael Moreno, en contra de la “Federación Médica Venezolana y los Colegios de Médicos del Estado Portuguesa” por el llamado a huelga indefinida. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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