Sentencia N° 1084 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1084, Exp. 14-1125, 11/08/2015
Expediente14-1125
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por Elías de Jesús Henche Tovar contra la decisión de la Corte Disciplinaria Judicial que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Corte había fundamentado su decisión en la existencia de recursos ordinarios que el demandante había ejercido previamente, lo que llevó a la Sala a declarar inadmisible el amparo. La Sala consideró que el recurso de apelación era el medio idóneo para restablecer la situación jurídica del actor, y que la acción de amparo no era procedente dado que la supuesta violación a sus derechos había cesado.

Extracto de la motiva

La presente acción versa, según lo dicho por el presunto agraviado, sobre la omisión de pronunciamiento del TDJ al vencimiento de la cautelar dictada por esta Corte Disciplinaria Judicial, la cual, aunada a la participación efectuada por la DEM en lo relativo al cese del pago de salarios al presunto agraviado, por entender esa dependencia administrativa, que la decisión de esta Corte sólo estableció como término de duración del goce de su salario, un lapso de 120 días perentorios, dejó de cumplir con su obligación constitucional de garantizar la ejecución del debido proceso y en consecuencia lesionó su derecho constitucional. En efecto, según el libelo del presunto agraviado, se infiere que efectuó antes del vencimiento de los primeros 60 días de suspensión con goce de sueldo acordados por esta Corte, una solicitud de pronunciamiento sobre la continuidad del pago de su salario mientras durara el procedimiento disciplinario. No obstante, ante la falta de pronunciamiento, interpuso acción de amparo constitucional en la Corte Disciplinaria Judicial, la cual fue declarada por causa sobrevenida inadmisible, ello en razón de la decisión distada por el Tribunal Disciplinario Judicial de fecha 15 de mayo de 2014, mediante la cual ordenó levantar la medida cautelar impuesta y la reincorporación del juez denunciado al cargo de Juez del juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, del cual es titular; y el pago de los sueldos y demás beneficios laborales dejados de percibir; decisión está que señala el accionante como lesiva de sus derechos al no contener prohibición expresa a la DEM de suspender el pago de su salario.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el ciudadano ELÍAS DE JESÚS HENECHE TOVAR, contra la decisión dictada el 24 de octubre de 2014 por la Corte Disciplinaria Judicial, que declaró INADMISIBLE la demanda de amparo intentada por el prenombrado ciudadano contra la decisión del 15 de mayo de 2014 por el Tribunal Disciplinario Judicial y CONFIRMA la decisión del a quo en los términos aquí expuestos.

Palabras clave

amparocompetenciaapelaciónderechosgarantíasconstitucionalesinadmisiontutela

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