Sentencia N° 1084 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1084, Exp. 02-0459, 05/06/2002
Expediente02-0459
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Braulio Jatar Alonso y Héctor Flores Hensen en representación de Rafael Salazar Serrano, Alcalde electo del Municipio Antolín del Campo. La decisión se fundamenta en que la acción fue incorrectamente calificada como 'sobrevenida' y que no existe un tribunal superior al que se pueda recurrir, dado que la sentencia cuestionada proviene de la máxima instancia judicial del país.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el caso sub júdice los hechos y omisiones denunciados por el accionante como lesivos de sus derechos constitucionales, derivan de la ejecución de la sentencia nº 73 proferida el 22 de enero de 2002, por la Sala Político Administrativa de esta Alto Tribunal. De igual forma, advierte que lo solicitado por el accionante, a los fines de restablecer la situación jurídica que aduce infringida, tiene como objeto enervar los efectos del fallo antes referido. De acuerdo a lo anterior, la Sala considera que el solicitante calificó erróneamente la acción ejercida como 'sobrevenida', cuando en realidad lo que pretende es un amparo contra decisión Judicial previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional por los abogados Braulio Jatar Alonso y Héctor Flores Hensen, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 18.342 y nº 18.536 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RAFAEL SALAZAR SERRANO, en su condición de Alcalde electo y elector (sic) del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta.
Palabras clave
amparo constitucionalreferéndum revocatoriosuspensión de cargoderechos constitucionalesCámara MunicipalLey Orgánica de Régimen Municipalinadmisibilidadacción judicial