Sentencia N° 1083 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1083, Exp. 07-0524, 13/12/2016
Expediente07-0524
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-12-13
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la denuncia de fraude procesal presentada por los abogados de la sucesión del causante Martín Pino, en relación a la reforma de una ordenanza por parte del Municipio Baruta. La Sala argumentó que dicha reforma no constituía fraude procesal, ya que fue realizada en el ejercicio de las facultades legislativas del Concejo Municipal. Además, se ordenó la remisión del caso al Juzgado de Sustanciación para la práctica de las notificaciones y la continuación del procedimiento.

Extracto de la motiva

En el caso de autos la parte demandante alega la existencia de fraude procesal, por cuanto la parte demandada, Municipio Baruta del estado Miranda, reformó la ordenanza objeto del recurso de nulidad. Se aprecia al respecto, que la mencionada actuación no puede ser calificada como fraude procesal, por cuanto la misma se originó fuera del proceso, consistiendo ella en una actuación dictada dentro del seno del Concejo Legislativo en ejercicio de sus facultades legislativas. En virtud de lo expuesto, debe esta Sala declarar improcedente la denuncia de fraude procesal y así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia de fraude procesal ejercida en la presente causa por los abogados Eduardo Enrique Brito y Marcel Antonio Leal Oquendo, actuando en representación de la sucesión del causante MARTÍN PINO, constituida por los causahabientes, ciudadanos CANDIDA AURORA SUAREZ de ADALEJO, MIGUELINA SUÁREZ de OROPEZA, ROSA AMELIA SUÁREZ de LIZARRAGA, RAFAEL MIGUEL SUÁREZ, BERTA MARÍA SUÁREZ de MARÍN, ELICIA TOMASA SUÁREZ, EXPEDITO CISNEROS SUÁREZ, CARMEN AGUSTINA OROPEZA de BARRETO y PEDRO HERNÁNDEZ PINO. SEGUNDO: REMÍTASE la causa Juzgado de Sustanciación para la práctica de las notificaciones y la continuación del procedimiento.

Palabras clave

inconstitucionalidadordenanzamunicipiobarutapoder públicoderechosjusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca