Sentencia N° 1082 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1082, Exp. 19-0324, 10/08/2023
Expediente19-0324
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por Luis Alberto Rodríguez Castillo contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que había declarado la improcedencia de la acción de amparo constitucional. La Sala revocó el fallo apelado y declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, fundamentándose en que había cesado la violación de los derechos constitucionales denunciados. La decisión se basa en la homologación de una transacción entre las partes que excluyó un inmueble de la partición de bienes, lo que llevó a la conclusión de que no existía objeto para el amparo solicitado.
Extracto de la motiva
motiva a acudir ante su competente autoridad para impedir que tal atropello se lleve a cabo” (Mayúsculas del texto citado; corchetes de la Sala). Que “[e]l acto recurrido en amparo, nunca ha sido consentido por [su] parte, y ello se evidencia de los diversos escritos tratando de hacer entrar en luz al Tribunal AGRAVIANTE (sic); y se [les] ha negado reiterativamente lo pedido, razón por la cual [se ven] obligados al uso de esta vía constitucional para proteger la finalidad del proceso, que no es otra que la consecución de la justicia” (Mayúsculas del texto citado; corchetes de la Sala). Solicitan de igual forma medida cautelar “a los fines de que la sentencia dictada [por este Alto Tribunal] no sea ilusoria, solicit[ó]”, consistente en que “se suspenda la causa principal signada con el nro (sic) KP02-F-2014-553 que conoce el Juzgado recurrido en amparo Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, toda vez, que de continuar dicha causa, se haría el justiprecio de ambos bienes y es totalmente improcedente tal accionar y además contrario a la sentencia que se pide en amparo” (Corchetes de la Sala).
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido el 20 de junio de 2019, por la parte accionante contra la decisión dictada el 18 de junio de 2019 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró “IN LIMINE LITIS LA IMPROCEDENCIA” de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ CASTILLO, ya identificado al inicio, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 7 de mayo de 2019, en la demanda por partición y liquidación de la comunidad conyugal, intentada por el hoy accionante contra la ciudadana Janet Coromoto Canelón Rodríguez, mediante el cual se ordenó dar continuidad al proceso, por lo que se negó la revocatoria solicitada. 2.- REVOCA el fallo apelado. 3.- Declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta, con fundamento en el artículo 6 cardinal 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.