Sentencia N° 1082 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 1082, Exp. 16-1002, 13/12/2016
Expediente16-1002
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-12-13
DecisiónImpropio

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improponible la acción de nulidad interpuesta por varios ciudadanos contra la Asamblea Nacional por la aprobación de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. La Sala argumenta que el acto legislativo carece de validez y eficacia jurídica debido a que fue dictado en desacato a decisiones judiciales previas. Se reitera que todos los actos emanados de la Asamblea Nacional, mientras persista el desacato, son nulos y carentes de valor jurídico.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido en reiteradas oportunidades que la expresión del Texto Constitucional “acto dictado en ejecución directa e inmediata de la Constitución” implica que la función, potestades, facultades o competencias del órgano del Poder Público ejecutante, estén de tal forma establecidas a favor del mismo en la Carta Fundamental, que no requiera de una ley que regule su ejercicio y que la misma Constitución no lo reserve a la creación de una ley por el Poder Legislativo. Siguiendo esta idea, la Sala precisó que “puede afirmarse, que la calificación de acto dictado en ejecución directa de la Constitución, está referida a la forma de cómo un determinado acto jurídico se articula con las normas constitucionales, es decir si su ejecución obedece en primer término a una disposición legal que regula su práctica o si deriva directamente de una norma constitucional que no requiere de ley alguna que regule el ejercicio del derecho o de la atribución que fundamenta el acto”.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud de control previo de constitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sancionada por la Asamblea Nacional el 29 de septiembre de 2016, planteada por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros. 2.- De oficio la NULIDAD del acto legislativo que sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y su contenido, por cuanto fue dictada en franco desacato de decisiones judiciales emanadas de este Máximo Tribunal de la República.

Palabras clave

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